Decreto Ley para Máquinas Vending en 2026
Vending saludable - Real Decreto 315/2025
Se está preparando un nuevo decreto ley que afectará a los negocios vending y que posiblemente entre en vigor en 2026. El objetivo de este decreto ley es promover opciones de alimentación más saludables y reducir la presencia de ultraprocesados como bollería industrial y snacks salados en las máquinas vending, para ello pretende aumentar las opciones de productos saludables en las máquinas vending para que el usuario tenga una amplia oferta entre la que elegir.
El decreto ley se concibe como una medida para contribuir a la lucha contra la obesidad y otras enfermedades relacionadas con la dieta, como las cardiovasculares.
¿Qué productos deben ofrecer ahora las máquinas vending?
El nuevo decreto ley marca que un 80% de la oferta deben ser productos saludables y que estos productos deben ubicarse en las filas centrales para que tengan mayor visibilidad.
Los productos serán los siguientes:
- Agua
- Fruta fresca
- Hortalizas frescasFrutos secos al natural y sin sal
- Leche
- Bocadillos o sándwiches elaborados con pan integral y vegetales
- Productos lácteos sin azúcar añadido
- Pescado o carnes magras de ave
- Zumos de frutas sin azúcar añadido
- Platos a base de vegetales frescos
- Sopas vegetales frías.
El 20% restante en la máquina vending pueden ser los productos tradicionales de bollería y snacks.
Nuevo decreto ley vending y máquinas de café


¿El decreto ley afecta a todas las máquinas vending?
De momento, el decreto-ley no afecta a todas las máquinas vending, sino que se centra en las que se encuentran en determinados entornos:
- Centros Educativos: Colegios de primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional (públicos, concertados y privados).
- Centros Sanitarios y Sociosanitarios: Hospitales, centros de salud, residencias de mayores y centros de día.
- Administraciones Públicas: Edificios de ministerios, ayuntamientos, bibliotecas, museos y centros deportivos de gestión pública.
- Centros de Trabajo: Empresas que operen en edificios públicos o grandes corporaciones que adopten la norma como parte de sus políticas de bienestar laboral.
La obligatoriedad del 80% de productos saludables de momento no se aplica a las máquinas instaladas en la calle de forma independiente.
¿Es fácil adaptar una máquina vending a los requisitos del nuevo decreto ley?
Adaptar una máquina vending a la nueva normativa va a requerir algunos cambios en tu máquina vending como la reconfiguración de espirales, ya que tendrás que ajustar el tamaño a los nuevos formatos o el etiquetado que debe mostrar la valoración nutricional en el frontal. También es posible que tengas que realizar ajustes de temperatura y control térmico al introducir productos frescos como fruta cortada, ensalada o lácteos.
Desde Tecmaglos podemos ayudarte y aconsejarte con los cambios a realizar y también disponemos de productos saludables vending conforme a los requisitos de la nueva ley para máquinas vending.
¿Cómo afectará a las ventas el cambio de productos vending?
Es difícil saber cómo afectará el cambio de productos, por un lado, se pronostica una pérdida del 20% en ventas de clientes habituales, pero también un aumento de personas que antes no utilizaban las máquinas vending porque buscan alternativas saludables, por lo que las ventas deberían mantenerse estables.
La clave para mantener las ventas será ofrecer productos visualmente atractivos y al menos 10 opciones diferentes para que el usuario elija. Entre las opciones saludables que puedes añadir a tu máquina vending están:
- Frutos secos naturales.
- Chips de vegetales horneados como chips de lentejas, garbanzos o manzana que mantienen la textura crujiente de las patatas fritas.
- Palomitas de maíz naturales, con poca sal y poco aceite.
- Barritas de cereales y proteínas para sustituir productos de bollería.
- Barritas de chocolate negro al 75% de cacao.
- Yogures y lácteos sin azúcar.
- Fruta fresca.
La paradoja del decreto ley para el vending
El nuevo decreto ley no está exento de polémica. Desde Aneda señalan que se está discriminando al canal de venta pues mientras en la máquina vending se obliga a la presencia de un 80% de productos saludables, este mismo requisito no es obligatorio en otros canales de venta como las cafeterías y señalan incongruencias como que en la cafetería de un hospital se puede comprar una chocolatina mientras que en la máquina vending en ese mismo hospital no se puede.
También señalan que los productos perecederos en las máquinas vending pueden generar muchos residuos y entrar en contradicción con la Ley de Desperdicio Alimentario.



